Cláusulas suelo y gastos hipotecarios
Desde “BPA LEGAL”, os queremos informar, dada su gran trascendencia, de dos recientes Sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que afectan a muchas personas y empresas, y que pueden dar lugar a reclamaciones judiciales con una estimación de éxito muy alta.
- La primera Sentencia, de fecha 23 de diciembre de 2.015, establece la obligación de las entidades bancarias de devolver los gastos realizados a la hora de constituir una hipoteca, en concreto los gastos de registro, notario, impuesto de actos jurídicos documentados, informe de tasación, e incluso, gastos de gestoría. En este sentido, calculamos que, para una hipoteca de 150.000 Euros, la devolución supondría una media de 3.000 Euros.
Coste 0 Euros:
A tal efecto, desde “BPA LEGAL” os ofrecemos nuestros servicios legales para, de forma gratuita y únicamente pagando 150 Euros para satisfacer gastos de Procurador y otros, interponer la oportuna demanda judicial que, en caso de éxito, conllevaría para los clientes la recuperación de los importes indebidamente pagados, y, para “BPA LEGAL”, el cobro de las costas judiciales a pagar por las entidades bancarias, reintegrando “BPA LEGAL”, en el momento del cobro de las costas judiciales, los 150 Euros referidos, con coste 0 Euros final para el cliente.
En último término, en caso de recuperación de los importes vía negociación extra judicial o por allanamiento de la entidad bancaria una vez interpuesta la demanda judicial, “BPA LEGAL” percibiría el 15% del importe recuperado.
¿Qué documentación hace falta?:
Si tienes las facturas que se adjuntan habitualmente a las escrituras, es suficiente.
Si no las conservas, nos encargaremos de obtenerlas previa autorización.
- La segunda Sentencia, de fecha 21 de diciembre de 2.016, establece que procede la devolución de todos aquellos importes cobrados por un banco como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo, desde la constitución del préstamo, revocando así lo establecido por el Tribunal Supremo que había limitado la aplicación de dicha cláusula a las cantidades cobradas indebidamente a partir del día 9 de mayo de 2.013.
Según nuestro criterio, incluso las personas que ya hayan obtenido una Sentencia Judicial favorable en la que únicamente se les reconoce el pago de lo indebidamente cobrado a partir de mayo de 2.013, pueden reclamar las cantidades cobradas, indebidamente, con anterioridad a la fecha indicada.
Coste 0 Euros:
En este sentido, desde “BPA LEGAL” os ofrecemos gratuitamente revisar vuestra escritura de préstamo hipotecario para comprobar si estáis o no afectados por esta situación, y en caso de que lo estéis, os ofrecemos nuestros servicios legales para, de forma gratuita y únicamente pagando 150 Euros para satisfacer gastos de Procurador y otros, interponer la oportuna demanda judicial que, en caso de éxito, conllevaría para los clientes la recuperación de los importes indebidamente pagados, y para “BPA LEGAL” el cobro de las costas judiciales a pagar por las entidades bancarias, devolviendo “BPA LEGAL” en el momento del cobro de las costas judiciales los 150 Euros referidos, con coste 0 Euros final para el cliente.
En último término, en caso de recuperación de los importes, vía negociación extra judicial o por allanamiento de la entidad bancaria una vez interpuesta la demanda judicial, “BPA LEGAL” percibiría el 15% de lo recuperado.
Para cualquier duda o aclaración, nos ponemos a vuestra disposición.